AVISO IMPORTANTE Seguimos prestando servicio y cumpliendo los plazos de envío.
X
icon-app
Descarga nuestra APP
¡Ya disponible!
EL MEJOR
PRECIO
SERVICIO
POSTVENTA
LLEVAMOS ONLINE
10 Años
dias
horas
minutos
ENVÍO
URGENTE
MENÚ
X
¿Buscamos algo?
VÁLIDO EN PENINSULA
ENVIO GRATUITO EN TODA LA WEB

¿Te gustaría conducir un dron?

28 marzo, 2018

En los últimos años el pilotar un dron ha ido en aumento hasta llegar a convertirse en una de las experiencias más de moda. Poder visualizar los paisajes más bonitos desde las alturas gracias al control remoto de un aparato con cámara es una realidad. Pero debemos tener en cuenta que esta no es su única función, no estamos ante un juguete. Y, por ello, debemos saber que existe una ley que regula su uso.

Las Autoridades te podrían sancionar con multas importantes si no sigues una serie de consejos. El Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, nos informa de cómo es, desde enero de 2018, la nueva reglamentación que hay que seguir al utilizar estos aparatos en España.

La nueva legislación solamente es válida para aquellos drones y demás aeronaves que cuenten con un peso inferior a los 150 kilogramos de peso en el despegue. Aunque pondremos especial foco de atención en lo que afecta a los de un peso inferior a los 25 kilogramos, es decir, los más accesibles del mercado.

Identificación

Cada dron debe contar con una identificación ignífuga, es decir, que no se inflamen. Así mismo, deberá constar la identificación de la aeronave, con el nombre del fabricante, tipo, modelo y, en su caso, número de serie. También el nombre del operador y los datos necesarios para ponerse en contacto con él. En aquellos casos en los que se pase de 25 kilogramos de masa, podrá ser exigible un certificado de aeronavegabilidad.

Responsabilidad

A todos lo efectos, el aparato volador es responsabilidad del piloto. Esto quiere decir que este deberá acarrear con las consecuencias ante cualquier posible accidente con el dron como protagonista. Además, el operador -el que controla la aeonave- deberá cumplir con cualquier requisito de mantenimiento de la aeronavegabilidad y anotar un seguimiento de todos los vuelos, modificaciones y reparaciones realizadas.

Dónde puede volar

La nueva legislación afirma que se podrán realizar operaciones aéreas en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado y fuera de una zona de información de vuelo o de observadores que estén en contacto permanente por radio con este. Esto no afecta a aquellos que cuenten con un peso inferior a los 10 kilogramos. Estos últimos estarán limitados por las siguientes directrices. La distancia horizontal será inferior a los 100 metros y la altura máxima sobre el terrero no podrá superar los 120 metros, o sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave. Además, es imprescindible mantener una distancia mínima de 50 metros de cualquier edificio o persona.

Los dispositivos con un peso superior deberán volar a una distancia mayor de 500 metros y a una altura de 120 metros. También sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 150 metros desde la aeronave.

Requisitos

Centrándonos en drones con una masa total inferior a los 25 kg, el piloto deberá ser mayor de 18 años y disponer de los conocimientos necesarios. Para volar dentro del alcance visual del operador se exigirá un certificado básico para el pilotaje de aeronaves pilotadas por control remoto o un certificado avanzado cuando no se tenga contacto visual.

En cuanto a las aptitudes físicas y psíquicas, será necesario un certificado médico para la licencia de piloto de aeronave ligera.

Ahora que ya sabes cómo funciona esto de el pilotaje de drones, ¿te animas a comprar uno?

 



Noticias relacionadas

Otras noticias